Descubra todo lo que debe saber acerca de los embargos.
Aunque el panorama parezca difícil,
siempre habrá soluciones para superar
retos financieros. Los bancos y acreedores
prefieren llegar a acuerdos antes de
recurrir a medidas como un embargo.
A continuación le contamos
más al respecto.
Es una acción legal que permite retener
los bienes y/o bloquear las cuentas
bancarias de una persona para asegurar
el pago de una deuda.
¿Qué cuentas pueden
embargarse?
En general, pueden embargarse cuentas
de ahorro, incluyendo las de nómina,
pensión, así cómo cuentas
corrientes y CDT´s.
¿Cómo saber si me
van a embargar?
Antes de iniciar un embargo, el acreedor
(como un banco) suele contactarlo para
recordarle el pago pendiente. Si no obtiene
respuesta, puede enviar notificaciones formales
y reportarlo a las centrales de riesgo.
Si la deuda persiste, podrá iniciar un
Proceso Ejecutivo ante un juez.
Cuando la deuda es con entidades públicas
(DIAN, Secretarías de Hacienda o Movilidad),
pueden iniciar directamente un cobro coactivo,
sin acudir a un juez.
Si el fallo resulta a favor del acreedor, se
ordena el embargo y se notifica al banco o
entidad que lo aplicará.
Importante: por ley, el banco no puede
avisar previamente sobre
la medida de embargo.
¿Desde qué monto
pueden embargar mi
cuenta de ahorros?
Existe un límite de inembargabilidad,
que depende de quién ordena la medida:
Estos montos son actualizados anualmente
Si pagó la deuda, pero el embargo ya se aplicó,
puede solicitar el levantamiento de la medida
ante la entidad que lo ordenó (juez, Dian,
Secretarías de Hacienda, entre otros). Se
debe entregar oficio (documento legal) que
ordene el levantamiento de la medida al
acreedor para que desbloquee sus cuentas.
Lo mejor es actuar antes de que la situación
llegue a un embargo. Contacte a su acreedor,
negocie un acuerdo o explore alternativas.
Actuar a tiempo le dará más opciones.
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